La figura denominada como asunción de riesgos en el Derecho Civil alude a que una persona con su actuar asume los potenciales riesgos que pueda sufrir al momento de realizar una actividad. En nuestro sistema legal, esta institución no tiene un desarrollo -ni aun somero- por tanto, desde este vacío legal, es que la doctrina y la Jurisprudencia han tenido que venir a delimitar los ribetes de esta institución. De esta manera, es que proponemos con el presente trabajo, dar algunas consideraciones dogmáticas de la figura para ayudar así a su total conocimiento y correcta aplicación.
Osses, M. G. (2015). Consideraciones dogmáticas sobre la asunción de riesgos. Derecho Y Humanidades, (26), 57–76. Recuperado a partir de https://revistateoria.uchile.cl/index.php/RDH/article/view/48418